jueves, 15 de noviembre de 2012

RELACION DE TRABAJO
La relacion de trabajo independientemente del acto o cualquier situacion que lo origine se refiere a ser un trabajo personal subordinado a cambio de una remuneracion.

TRABAJO
toda actividad humana intelectual o material independientemente del grado de preparacion de la profesin u oficio.

TIPOS DE RELACION DE TRABAJO
* Personal: individual
*subordinado: depende del jefe
*pago o remuneracion

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO
Es el acuerdo entre 2 o mas partes donde se desprende una relacion laboral, en la cual una persona se obliga de forma subordinada a prestar un servicio a prestar un trabajo mediante el pago de un salario.

REQUISITOS
1.- Consentimiento (voluntad)
2.- Objeto del contrato
*Objeto directo( trabajo subordinado y obligacion del jefe de hacer el pago)
*Objeto indirecto (pago del salario)
3.- Capacidad de las partes( derechos y obligaciones por ambas partes)
*capacidad de goce
*capacidad de ejercicio

nota: prohibido el trabajo a menores de 14 años y los mayores de esta edad y menores de 16 que no tengan terminado su educacion obligatoria , salvo los casos de esepcion que apruebe la autoridad correspondiente.
4.-Ausencia de vicios del consentimiento(voluntad)
5.-Licitud en el objeto( es no contrabenir a la moraly a las buenas costumbres)
6.-La forma( condiciones de trabajo por escrito ademas se establecen los derechos y obligaciones)


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