miércoles, 14 de noviembre de 2012

IVA

      IMPUESTO AL VALOR AGREGADO-IVA
El impuesto al valor agregado se aplica al consumo y está presente en todas las etapas de la actividad económica y de la intermediación. Aplica a los consumidores en todo el territorio nacional, y grava los consumos o gastos que se efectúan por bienes o servicios adquiridos en el país o en el extranjero.
 SUJETOS DEL IMPUESTO.
Las personas físicas y las personas morales que en territorio nacional realicen los actos o actividades siguientes:
I. Enajenen bienes.
II. Presten servicios independientes.
III. Otorguen el uso o goce temporal de bienes.
IV. Importen bienes o servicios.
OBJETO DEL IMPUESTO.
La realización en territorio nacional de los actos o actividades mencionados anteriormente.
BASE DEL IMPUESTO.
En las enajenaciones, la base del impuesto será el precio o contraprestación pactados, así como las cantidades que además se carguen o cobren al adquirente por otros impuestos, derechos, intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto.
En la prestación de servicios la base del impuesto será el total de la contraprestación pactada, así como las cantidades que además se carguen o cobren –a quien reciba el serviciopor  otros impuestos, derechos, viáticos, gastos de toda clase, reembolsos, intereses normales o moratorios, penas convencionales y cualquier otro concepto.
En el uso o goce temporal de bienes la base del impuesto será el valor de la contraprestación pactada a favor de quien los otorga, así como las cantidades que además se carguen o cobren (a quien se otorgue el uso o goce) por otros impuestos, derechos, gastos de mantenimiento, construcciones, reembolsos, intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto.
En importación de bienes tangibles, la base del impuesto será el valor que se utilice para los fines del impuesto general de importación, adicionado con el monto de este último gravamen y de los demás que se tengan que pagar con motivo de la importación.

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